En la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados, el oficialismo obtuvo media sanción para una iniciativa legislativa que establece la llamada “ley de Presunción de Inocencia Fiscal“.
Este proyecto introduce modificaciones sustanciales al Régimen Penal Tributario y a los mecanismos de fiscalización, además de alterar el modo en que las personas físicas presentan su declaración del Impuesto a las Ganancias.
Las estimaciones no oficiales indican que existen aproximadamente 243.000 millones de dólares fuera del sistema financiero formal, por lo que la normativa actualiza los montos mínimos que deben declararse para evitar ser tipificados como evasión fiscal, con el objetivo de que una porción de esos fondos se regularice sin necesidad de justificar su procedencia.

Los puntos centrales de la ley de Inocencia Fiscal
- El principio de inocencia fiscal representa un cambio de paradigma para la administración tributaria. En lugar de asumir que todos los contribuyentes buscan eludir sus obligaciones, se propone restringir la persecución penal y los controles exhaustivos a aquellos casos donde haya pruebas concretas de incumplimientos significativos o de intencionalidad fraudulenta.
- Un aspecto clave es la reforma del Régimen Penal Tributario. En este sentido, se revisan al alza los importes a partir de los cuales una infracción deja de ser administrativa para convertirse en un delito con pena de cárcel. Los valores vigentes, establecidos en diciembre de 2017, se ajustan según la inflación acumulada desde entonces; el mínimo pasará de 1,5 millones de pesos a 100 millones de pesos.
- En el ámbito penal, se mantiene la regla de no iniciar acciones judiciales cuando el contribuyente paga la totalidad de la deuda más los intereses antes de que la AFIP presente la denuncia correspondiente.
- La ley fija penas de prisión de entre 2 y 6 años para quienes, mediante facturas o registraciones falsas, declaraciones juradas engañosas o cualquier otro ardid, aparenten el pago total o parcial de obligaciones tributarias o de la seguridad social, ya sean propias o de terceros.
- También se modificarán las sanciones por incumplimientos formales, con una actualización de los montos previstos en la Ley 11.683. Para los contribuyentes con historial de cumplimiento, el plazo general de prescripción se acorta de cinco a tres años, siempre que no existan discrepancias importantes. Para los contribuyentes no registrados, el plazo se mantiene en diez años. El proyecto incorpora además un esquema de reducción de multas administrativas para personas físicas y pequeñas y medianas empresas, con descuentos que pueden alcanzar el 90%, siempre que no se trate de grandes contribuyentes.
- Otro elemento destacado es la creación de un régimen optativo de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas. Podrán adherirse aquellos con ingresos anuales de hasta 1.000 millones de pesos y un patrimonio de hasta 10.000 millones de pesos.
- Aunque se promueve como un incentivo para formalizar ahorros no declarados, el informe aclara que “no se desprende que se incluya un régimen de blanqueo de bienes”. La iniciativa no altera el Impuesto a las Ganancias ni crea un canal específico para declarar activos no registrados.
Inocencia Fiscal: cómo afecta a tus dólares, Ganancias y el Régimen Penal el proyecto que avanza
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